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A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
En nombre del Grupo Parlamentario Socialista tengo el honor de dirigirme a
esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 193 y siguientes
del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar la siguiente
Proposición no de Ley relativa a la anulación de los juicios sumarios de la
dictadura franquista, para su debate en la Comisión Constitucional.
MOTIVACIÓN
A partir de febrero de 1939, el Régimen de Franco procedió al
enjuiciamiento sumario de las organizaciones políticas representativas de la
República, y también de sus dirigentes, por hechos ocurridos desde Octubre
de 1934. También se procedió a la depuración de todos los órganos y
organismos del Estado, especialmente alcaldes y concejales, ello alcanzó a
los militares republicanos en su totalidad, a muchísimos enseñantes y a
otros funcionarios, y ello sin perjuicio de poder ser procesados por otros
hechos y ante las jurisdicciones especiales que se fueron creando,
aplicándoseles la Ley de 9 de febrero de 1939 de Responsabilidades
Políticas, el Decreto de 17 de noviembre de 1936 de Jurisdicción y Justicia
Militar (Restablecimiento de Tribunales de Honor), la Ley de 1 de enero de
1940 de Jurisdicción antimasónica y anticomunista y el Decreto de 26 de
abril de 1940 de Instrucción de la «Causa general» sobre los hechos
delictivos cometidos en todo el territorio nacional durante la "dominación
roja".
Estas normas antijurídicas fueron dictadas por el régimen de Franco sin
autoridad legítima y vulnerando los derechos reconocidos en la Constitución
española.
Los ciudadanos fueron clasificados en "afectos y desafectos" al régimen,
mediante juntas especiales nombradas para tal fin. Primeramente, con
carácter militar, en los campos de concentración, después, con carácter
civil, en los pueblos y ciudades de procedencia.
A partir de 1940, con toda la información recopilada, se abrió la Causa
General contra toda persona que hubiera colaborado con la República o fuera
sospechosa de haberlo hecho.
El mecanismo de enjuiciamiento seguido fue el del orden militar sumario,
bien mediante Consejos de Guerra en distintas jurisdicciones militares
(tierra, marina, aire, etc.), por el tribunal de honor, para algunos
depurados del Estado, o por la jurisdicción especial, como fue la Represión
de la Masonería y el Comunismo. Es decir, que quienes decidieron fueron
única y exclusivamente los alzados contra el gobierno legítimo de la
República, utilizando para ello el nombre de "tribunales", con
denominaciones diversas.
Las condenas, de modo genérico, lo fueron por el delito de "auxilio a la
rebelión", siendo las penas mayoritarias de muerte o 30 años de prisión, las
menos de 12 años. Penas que también conllevaban civilmente la pérdida de
bienes y otras sanciones atentatorias contra la dignidad de las personas.
En el orden práctico, se descendió a la aplicación de una "justicia
inmediata" que era aplicada por los dirigentes políticos locales del régimen
en cada pueblo, formulando denuncias sobre la marcha que constituían prueba
y condena. Los juicios sumarísimos celebrados a modo de eliminación
sistemática del adversario, con el empleo de una "justicia al revés",
condenaron por rebelión a quienes fueron leales a la legalidad democrática.
La democracia tiene, a este propósito, una obligación moral, pero también
jurídico-política. Que los rebeldes contra la República condenaran por el
delito de "auxilio a la rebelión" a quienes se mantuvieron fieles a las
leyes y a los principios constitucionales es algo más que un sarcasmo,
fueron actos cuyo caparazón pseudo-jurídico debe ser destruido, aunque lo
sea a posteriori y lo ha de ser desde la legalidad democrática por fin
recuperada. Es precisa la restitución, o la reparación equivalente, el
reconocimiento moral de los daños causados, incluidos los de la vida y la
libertad (se calculan hasta unos 150.000 fusilados y bastante más de 500.000
personas privadas de libertad) en España. Hasta el 20 de noviembre de 2002,
no se ha producido una condena explícita del golpe militar fascista del 18
de julio de 1936, momento en el que
· "El Congreso de los Diputados, en este vigésimo quinto aniversario de las
primeras elecciones libres de nuestra actual democracia, reitera que nadie
puede sentirse legitimado, como ocurrió en el pasado, para utilizar la
violencia con la finalidad de imponer sus convicciones políticas y
establecer regímenes totalitarios contrarios a la libertad y a la dignidad
de todos los ciudadanos, lo que merece la condena y repulsa de nuestra
sociedad democrática".
· "El Congreso de los Diputados reafirma una vez más, el deber de nuestra
sociedad democrática de proceder al reconocimiento moral de todos los
hombres y mujeres que fueron víctimas de la guerra civil española, así como
de cuantos padecieron más tarde la represión de la dictadura franquista.
Instamos a que cualquier iniciativa promovida por las familias de los
afectados que se lleve a cabo en tal sentido, sobre todo en el ámbito local,
reciba el apoyo de las instituciones evitando, en todo caso, que sirva para
reavivar viejas heridas o remover el rescoldo de la confrontación civil."
Se precisan medidas de reforzamiento democrático, la cual es habitual y de
recuerdo conmemorativo en todos los países de nuestro entorno político y
cultural, donde todos los totalitarismos tienen un convencido rechazo
institucional, además de ciudadano, teniendo estos países recuerdo y
reconocimiento para las víctimas mediante museos o monumentos permanentes,
o bien celebraciones mediante actos de afirmación democrática.
Otros países, como es el caso de Alemania, que sufrió, desde 1933 a 1945, la
dictadura nazi que sometió a muchos ciudadanos alemanes y no alemanes a la
persecución ideológica y racial y perpetró los crímenes más horrendos,
promulgó la "Ley de derogación de fallos injustos nacionalsocialistas en la
asistencia del derecho penal y de las decisiones de esterilización de los
antiguos juzgados de salud" para anular las sentencias infames y vejatorias
promulgadas por tribunales ilegítimos durante la dictadura hitleriana.
Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la
siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
"El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:
1. Facilitar el acceso de familiares y estudiosos a los sumarios de los
represaliados de la Guerra Civil depositados en los archivos civiles y
militares, mediante la catalogación y conservación adecuada de los mismos,
en cooperación, en su caso, con las Comunidades Autónomas.
2. Presentar en el plazo de seis meses un proyecto de Ley para la anulación
de los fallos injustos emitidos en los juicios sumarios realizados al amparo
de la Instrucción de Causa General, de responsabilidades políticas, por la
ilegalidad de estas normas e ilegitimidad de los tribunales y aparatos
judiciales que iniciaron esos procesos y dictaron las sentencias."
En Palacio del Congreso de los Diputados, a 18 de julio de 2003.
LA DIPUTADA
Mª. AMPARO VALCARCE GARCÍA
EL PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA
M.L./120
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